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Información que necesitás saber sobre las medidas vigentes contra el Covid-19 para venir a Buenos Aires

A medida que va cambiando el contexto sanitario por el virus, se actualizan las regulaciones para proteger a todos los ciudadanos de la ciudad y del país. Aquí información actualizada al 07/02/2021 sobre estas medidas.

 

 

 

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Mediante un decreto publicado en el Boletín Oficial, el gobierno argentino prolongó la prohibición de ingreso al territorio nacional vigente desde marzo de 2020 de personas extranjeras no residentes en el país por medio de puertos, aeropuertos, pasos internacionales terrestres y cualquier otro acceso hasta el 28 de febrero de 2021.

 

En virtud de la aparición de una nueva cepa  y rigiendose por las recomendaciones de la autoridad sanitaria nacional se dispuso prorrogar el ingreso de extranjeros no residentes, con el fin de apelar a la contensión de la actual pandemia por Covid- 19. 

 

Solamente se encuentra  permitido el ingreso al país para extranjeros residentes en territorio argentino, extranjeros no residentes que sean parientes de ciudadanos argentinos o residentes y ciudadanos argentinos. 

 

El ingreso al país de las personas extranjeras no residentes en el país que sean parientes directos de ciudadanos argentinos e ingresen en forma transitoria por razones de necesidad (siempre que no requieran visa), deben cumplir con las recomendaciones e instrucciones dispuestas por la autoridad sanitaria nacional.

Requisitos para ingresar

Para ingresar al país, las personas extranjeras no residentes parientes directos de ciudadanos argentinos deben:

  • Completar en forma previa a su viaje la “Declaración Jurada Electrónica para el ingreso al Territorio Nacional” disponible aquí
  • Presentar constancia de PCR con resultado negativo -con un máximo de 72 horas de anticipación-.
  • Presentar un seguro de asistencia médica que comprenda prestaciones de internación y aislamiento por COVID-19.

Además deben acreditar en la aerolínea o el Paso Fronterizo Internacional:

  • Vínculo directo con un ciudadano argentino, mediante certificado de nacimiento, certificado de matrimonio o certificado de convivencia debidamente apostillado o legalizado.
  • Copia del DNI argentino del familiar a quien visita.
  • Reserva de pasajes.
  • Constancia de PCR con resultado negativo -con un máximo de 72 horas de anticipación-.
  • Seguro de asistencia médica que incluya prestaciones de internación y aislamiento por COVID-19.

Asimismo, las personas extranjeras deberán presentar al momento del ingreso al territorio nacional y ante el inspector migratorio una nota de solicitud donde se explique brevemente la necesidad de la visita, fechas de partida y regreso, lugar donde se hospedará el extranjero y toda otra información relevante.

Por otro lado, los lugares habilitados para el ingreso de extranjeros son:

  • Aeropuerto Internacional Ministro Pistarini de la localidad de Ezeiza, provincia de Buenos Aires.
  • Aeropuerto Internacional San Fernando de la localidad de San Fernando, provincia de Buenos Aires.
  • Puerto de Buenos Aires (Terminal Buquebus) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Pasos Fronterizos Internacionales Paso de los Libres – Uruguayana de la provincia de Corrientes, Sistema Cristo Redentor de la provincia de Mendoza, San Sebastián de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y Gualeguaychú - Fray Bentos de la provincia de Entre Ríos.

Por último, Siempre que no tengan síntomas de coronavirus y cumplan con las instrucciones de la autoridad sanitaria, pueden ingresar al país:

• Las personas que trasladan mercaderías por operaciones de comercio internacional de transporte de cargas por aire, tierra, mar, ríos o lagos.

• Los transportistas y tripulantes de buques y aviones.

• Las personas que operan vuelos y traslados sanitarios.

Estas personas no deben cumplir el aislamiento obligatorio ordenado por el Decreto 260/2020.

También pueden ingresar a la Argentina los extranjeros que lleguen con el objetivo de seguir su viaje hacia otro país.En dicho caso deberán cumplir los siguientes requisitos:

• No tener síntomas de coronavirus

• Mostrar su pasaje confirmado de salida del país hacia el país de destino.

• Cumplir las instrucciones de la autoridad sanitaria nacional.

• Continuar su viaje por el corredor sanitario que haya establecido la autoridad.

Las medidas y restricciones dispuestas en el marco de la normativa de emergencia sanitaria, serán revisadas periodicamete a modo de prevenir y mitigar el contagio a la par que se desarrolla el proceso de vacunación en todo el mundo.

 

-última actualización 2 de febrero de 2021

 

 

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